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miércoles, 6 de julio de 2016

La “ignorancia deliberada” le cuesta a Messi condena de 21 meses de cárcel por fraude fiscal


El deportista y su padre estaban acusados de defraudar 4,1 millones de euros a Hacienda

El País de España

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  • La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a Lionel Messi y a su padre, Jorge Horacio, a 21 meses de prisión por tres delitos fiscales. El pasado mes de junio, el futbolista del Barça y su padre fueron juzgados por defraudar 4,1 millones de euros a Hacienda durante los ejercicios 2007, 2008 y 2009, consecuencia de no haber tributado en España los ingresos de 10,1 millones percibidos por los derechos de imagen del delantero rosarino durante ese periodo. La sentencia será recurrida por los abogados de los Messi. Al ser una condena inferior a dos años el juez tiene la opción de suspender la entrada en prisión de los condenados.

    El Tribunal califica de “extrema gravedad” el fraude cometido y no da por válido el alegato de los Messi. La defensa de la familia argentina había sostenido, durante el juicio oral celebrado el pasado mes de junio, que como los Messi eran “profanos” en derecho fiscal habían recurrido a un prestigioso bufete de abogados, el de Juárez Veciana. Mientras que Leo se apoyó en su padre, este lo hizo en sus asesores. “Yo me dedicaba a jugar a fútbol. Confiaba en mi papá y en los abogados que habíamos decidido que nos llevaran las cosas. En ningún momento se me pasó por la cabeza que me iban a engañar”, declaró entonces el jugador.

    Jorge Messi, por su parte, apuntó a sus asesores. “Desde que empezó la carrera de mi hijo, en 2001 que llegamos a Barcelona, siempre intenté facilitarle la vida. Como él juega al fútbol, yo le acompañaba en todas sus necesidades. Necesitaba a alguien que nos asesore en todo lo que es legal porque yo de eso no entiendo nada, es chino básico”, se defendió Messi padre.

    La Audiencia de Barcelona, sin embargo, sostiene que Lionel Messi actuó con “ignorancia deliberada” cuando evitó informarse sobre lo que estaba a su alcance a través de “medios fiables, rápidos y ordinarios”. “El desconocimiento evitable no es un error y no puede provocar una descarga de la responsabilidad. No puede errar aquel que no tiene interés de conocer”, dice la sentencia. “Cuando se aprecia una indiferencia tan grave y, a pesar de todas las oportunidades que tuvo el jugador para conocer cómo se gestionaban sus derechos, cabe considerar que ha actuado con dolo (voluntad deliberada de cometer un delito)”, añade. “Quien ha tratado de eludir la norma no puede resultar beneficiado por ello, amén de que con la impunidad de esos casos se dirige a la ciudadanía el mensaje de que es preferible inhibirse que preocuparse”.

    El tribunal recrimina a Messi que optara por actuar con esa “indiferencia” cuando existía una “sospecha justificada” de que el método para gestionar sus derechos de imagen no era licito. El futbolista del Barça es condenado a siete meses de prisión por cada año en el que la Justicia entiende que defraudó a Hacienda (2007, 2008 y 2009) y a pagar una multa de cerca de dos millones de euros. Jorge Messi, por su parte, es castigado con la misma pena de cárcel que su hijo, mientras que su multa asciende a 1,5 millones.

    Los Messi, el mes de septiembre del año 2013, habían pagado a Hacienda cinco millones de euros: 4,1 millones corresponden a la cuota defraudada y el resto, a los intereses.

    Mientras que la Fiscalía solo acusaba al padre (pedía un año y medio de cárcel), ya que consideraba que había montado por su cuenta la estructura societaria para eludir el pago del IRPF mediante el uso de sociedades en paraísos fiscales (Belice y Uruguay), sin que su hijo la consintiera o la conociera, la Abogacía del Estado (defiende los intereses de Hacienda) acusaba al padre y al hijo y pedía una pena de prisión de 22 meses y 15 días para cada uno.

    Fin del primer tiempo

    “El proceso no finalizó”, afirman desde la defensa de Messi. A los abogados de la familia rosarina les sorprendió que la sentencia no recogiera los argumentos de los asesores de los Messi que defendieron la teoría de que todo el entramado societario “era legal”. “La defensa manifiesta el respeto por el Tribunal, pero presentaremos un recurso de casación ante el Tribunal Supremo”, sostienen los abogados de Messi; “solo terminó el primer tiempo”. La familia y los abogados sostienen en una nota remitida a la prensa que la sentencia “no es correcta” y añaden que “es casi simbólica, dada la pena impuesta. Gran parte de los argumentos en los que la sentencia centra el debate son los que estamos convencidos de que han de llevar a la absolución, de tal modo que el recurso tiene buenas perspectivas de prosperar”.

    La “ignorancia deliberada” de Messi le lleva a ser condenado

    El tribunal rechaza la idea de que el jugador no supiera que estaba cometiendo una posible infracción tributaria

    El tribunal que ha condenado a Lionel Messi como autor de tres delitos contra la Hacienda Pública por ocultar al fisco la percepción de 10,2 millones de euros entre 2007 y 2009 por derechos de imagen y defraudar una cuota de más de cuatro millones, no se cree la teoría de que el jugador no supiera que estaba cometiendo una posible infracción. La Sección Octava de la Audiencia de Barcelona se apunta a la doctrina de la “ignorancia deliberada” del deportista, es decir, que este optó voluntariamente por no tener información sobre el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

    La actitud activa de Messi de mirar hacia otro lado sobre la gestión de su patrimonio cuando tenía acceso a la información supone, según el tribunal, que el jugador tenía una “sospecha justificada” de que los ingresos por derechos de imagen “no tenían un origen claro y nítido”.

    La Audiencia barcelonesa se apoya en numerosa jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la “ignorancia deliberada”, una expresión que parte del mundo del Derecho considera una contradicción en los términos porque “es obvio que quien deliberadamente hace algo es porque lo sabe”.

    El alto tribunal, sin embargo, acepta el oxímoron y sostiene que quien se pone en situación de “no querer saber aquello que puede y debe conocerse y, sin embargo, se beneficia de esa situación, está asumiendo y aceptando todas las posibilidades del negocio en el que participa”, entre ellas la posible ilegalidad.

    “La persona que no quiere conocer voluntariamente el origen de los efectos sobre los que actúa puede afirmarse que conoce el origen delictivo, pues con su acto de negar las fuentes de conocimiento se está representando la posibilidad de la ilegalidad de su actuación”, señala la Audiencia de Barcelona en su sentencia.

    El tribunal recuerda que Messi “intervino en multitud de contratos” analizados durante el juicio y había encomendado la gestión de sus negocios, por recomendación de su padre, al bufete Juárez, experto en fiscalidad internacional y que tenía entre sus clientes a numerosos deportistas de élite. Este despacho de abogados fue quien le explicó al jugador la conveniencia de crear una sociedad a su nombre, llamada Jenbril, que sirviera para canalizar sus derechos de imagen, hasta entonces en una sociedad de su madre.

    Según la sentencia, al constituir Jenbril, domiciliada en Uruguay, Messi manifestó ante notario conocer la mercantil que estaba a nombre de su madre. Además, el tribunal recuerda que los derechos de imagen del jugador fueron objeto de litigio en los tribunales por la demanda que en 2006 interpuso Nike contra Messi y Adidas.

    Finalmente, los magistrados ponen de relieve otro argumento contra la idea de que Messi desconocía de forma absoluta la gestión de su patrimonio. En 2007 y 2009, las declaraciones del Impuesto sobre Renta de las Personas Físicas (IRPF) la renta le salieron a devolver: 808 euros el primero de los ejercicios y 7.210 euros el segundo, pese a sus “cuantiosos ingresos” como jugador del Barça, así como por los derechos de imagen por los que debía haber tributado. “Su desconocimiento del derecho fiscal no le exime de comprender lo desproporcionado de que, a pesar de los ingresos percibidos, la declaración de la renta le saliera a devolver”.

    La teoría de la ignorancia deliberada es relativamente común en los asuntos penales por infracciones tributarias y en los delitos de blanqueo. En el caso Nóos, la acusación popular de Manos Limpias la ha invocado contra la infanta Cristina de Borbón, a la que acusa de ser cooperadora necesaria en dos delitos fiscales atribuidos a su esposo, Iñaki Urdangarin.

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